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Proyecto de sentencia de la SCJN sobre los requisitos fiscales de la subcontratación laboral



La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), publicó el proyecto de sentencia que votará el próximo 25 de abril de 2018, con el que se resolverá el amparo en revisión 98/2018, relativo a la constitucionalidad de los artículos 27, fracción V, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y 5, fracción II de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el que se propone negar el amparo conforme a lo siguiente:


  • No se viola el principio de proporcionalidad tributaria, en virtud de que los requisitos contenidos en esos artículos no disminuyen la capacidad contributiva del contratante, al no prohibir la deducción ni el acreditamiento, sino que únicamente establecen requisitos formales.

  • No se viola el derecho a la seguridad jurídica, toda vez que el contratante sí está en posibilidad de acceder a la información del contratista, pues la Ley Federal del Trabajo le exige que vigile permanentemente al contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.

  • No se viola el derecho de seguridad jurídica, pues aun cuando los artículos no establecen una fecha determinada para que el contratista entregue la documentación, de una interpretación a tales normas se aprecia que será cuando el contratista pague el IVA y las retenciones de los salarios correspondientes.

  • No se viola la seguridad jurídica, toda vez que las normas jurídicas son razonables y proporcionales con la medida impuesta por el legislador, pues su intención es combatir la evasión fiscal.


Temas Pendientes


En el proyecto de sentencia no se analizan diversos temas como los siguientes: i) si es proporcional que el derecho a la deducción del ISR o el acreditamiento del IVA del contratante dependan de la voluntad de un tercero; ii) si con la entrega de la documentación señalada en esa leyes el contratante puede efectivamente cerciorarse que el contratista pagó el ISR por salarios y el IVA trasladado, iii) si es equitativo que otro tipo de servicios independientes no se les exija el cumplimiento de los mismos requisitos, entre otros.


Comentarios


En caso de aprobarse dicho proyecto, la sentencia constituirá un precedente aislado que no será obligatorio hasta en tanto se constituya Jurisprudencia; sin embargo, es muy probable que la SCJN resuelva más asuntos sobre el mismo tema hasta generar jurisprudencia.


En la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 se establecen diversas Reglas relativas al aplicativo informático relacionado con la subcontratación laboral para efectos de ISR e IVA, de las cuales se advierten ilegalidades que pudieran ser objeto de posibles medios de defensa cuando sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.


Estamos a sus órdenes para cualquier duda con respecto a lo anterior.


Alejandro Arzate a.arzate@ameasociados.mx

Meyzin de la Cruz m.delacruz@ameasociados.mx

Humberto Rodríguez hrg@ameasociados.mx

Ricardo Martín rmartin@ameasociados.mx

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