

ACTIVOS VIRTUALES NUEVA ACTIVIDAD VULNERABLE
El 9 de marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (la Ley) a través de la que se adicionó la fracción XVI al artículo 17 de la Ley que señala que será considerada como actividad vulnerable el ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras, que se realice